La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación determinó que las boletas electorales sin marcas de doblez no podrán contabilizarse como votos válidos.
El tribunal revocó un acuerdo del Instituto Nacional Electoral que permitía que consejos distritales analizaran la posible validez de este tipo de papeletas.
La controversia surgió después de que durante la elección judicial de 2025 aparecieron cientos de boletas sin dobleces dentro de paquetes electorales, particularmente en Chiapas.
El magistrado ponente argumentó que las dimensiones de una papeleta hacen materialmente imposible introducirla por la ranura de una urna sin dejar marcas de doblado.
Consejeros que habían cuestionado el criterio anterior señalaron que la decisión fortalece la certeza electoral al establecer una regla uniforme para estas anomalías.
La resolución puede influir en futuros procesos porque fija un precedente sobre la autenticidad material de las papeletas y los controles que deben aplicar las autoridades.
La decisión no modifica resultados de elecciones futuras por anticipado, pero obliga a separar e invalidar las boletas que presenten esta característica cuando sean detectadas.
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